martes, 30 de octubre de 2007

TIPIFICACIÓN PENAL DEL FEMICIDIO DUERME EN EL CONGRESO CHILENO

Al igual que otros temas de la contingencia nacional chilena, la tipificación penal del femicidio se encuentra entrampada desde abril pasado en el Congreso, en forma específica en la Cámara de Diputados.

Los chilenos necesitamos en forma urgente una reforma al Código Penal para incorporar el delito de femicidio, entendido éste como el asesinato de la cónyuge, conviviente o cualquier mujer con la que el agresor esté o haya estado ligado por alguna relación afectiva.

¿Estamos esperando la víctima 52 para reaccionar?, los congresistas ¿desean una y otra muerte más para agilizar la burocracia legislativa?, ¿qué profundo análisis realizan los legisladores para dilatar la aprobación de esta iniciativa legal?

La iniciativa se encuentra en la Comisión de Familia y de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados en su primer trámite constitucional, en particular en la elaboración del primer informe de la primera instancia citada y sin ningún tipo de oficio o indicación hasta el momento.

El proyecto de ley fue ingresado el 3 de abril pasado por las diputadas Carolina Goic, Adriana Muñoz, Clemira Pacheco, María Antonieta Saa, Alejandra Sepúlveda, Ximena Valcarce, Ximena Vidal, Carolina Tohá y sus pares Francisco Encina y Antonio Leal.

En la actualidad se encuentra con “urgencia simple”, es decir, la discusión y votación del proyecto en la Cámara deberá quedar terminada en un plazo de 30 días… les recuerdo que el proyecto ingresó en abril pasado, pero que esa calidad fue repuesta el 2 de octubre pasado ¿Concluirá su trámite el 2 de noviembre próximo? Ver para creer.

Por otra parte, si este proyecto de ley, significa un “eufemismo” para algunos leguleyos y algunas personas que no quieren ver la triste realidad que significa que en Chile a esta altura del año hayamos superado el medio centenar de mujeres muertas a manos de sus hombres, significa que estamos frente a una sociedad capaz de justificar hasta los más horrendos crímenes y justificarlos en el “amor”.

Nuestro país por tiempos inmemoriales ha mantenido costumbres arraigadas, en que el hombre se siente dueño de la mujer, en términos simples una sociedad machista, y es por eso que quienes consideran una “falta de conocimiento” especificar el término femicidio en la Ley, significa que quieren seguir con el modelo que NO castiga la violencia intrafamiliar ni las muertes y golpes a mujeres, sino seguir manteniendo éste delito como un simple “homicidio”, genérico NO, porque a algunos de nuestros abogados nacionales les costará pensar en otra forma más de tipificación penal, ya que eso implica que tendrán que trabajar un poco más, instruyéndose, para condenar a un asesino de una mujer.
Para que tengan claridad sobre el tema, este es el proyecto:
“Modifica el Código Penal y el decreto ley N° 321, de 1925, para sancionar el
femicidio y aumentar las penas aplicables a este delito”
Boletín N° 4937‑18

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy buen blog , te felicito .
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Anónimo dijo...

Buen articulo, estoy de acuerdo contigo aunque no al 100%:)